Saturday, September 30, 2006

PODER JUDICIAL CR, EL DERECHO DE LA CONSTITUCION II

PODER JUDICIAL

I. EVOLUCION HISTORICA

1.)EDADA MEDIA Y EPOCA ABSOLUTISTA: La regulacion constitucional del poder judicial se da como consecuencia del Estado socail y democratico de derecho pero representa un probnlema por que de ahi depende la juricidad estatal.

-En Inglaterra del siglo doce se impone la costumbre de la imparticion de justicia a nombre del juez, concepcion que se ve basada en la concepcion romana.

-Se transforma la posicion del juez como un organo situado por encima de las partes , concepcion que se afianza por la construccion del estado durante la epoca absolutista, donde se habla de la figura rey-juez.

2.)MONTESQUIEU Y LOS REVOLUCIONARIOS FRANCESES: Triparticion de las funciones estatales, pero bajo esta concepcion original el poder judicial era un poder nulo , de funciones mecanicas y simple aplicacion de la ley, bassados en la concepcion revolucionaria de que si la ley era una expresion de la voluntad general no hya nada por encima de ella.

La confianza en el poder judicial independiente tiene 2 planos diferentes:

INSTITUCIONAL: Marginacion de todo protagonismo politico, como resultado de estgo se crea el tribunal de casacion que se debia limitar a pronunciar la ley; el procedimiento contencioso administrativo a cargo del consejo de estado, organo ajeno al poder judicial , para que la administracion resolviera las controversias entre los particu;ares y esta misma; se prohibio la injerencia en asuntos politicos o de gobierno.

IDEOLOGICO: Juez como funcionario neutro , sin facultades creativas en su cargo para garantizar las libertades publicas.

Pero exiaste una gran diferencia entre el poder judicial y la politica, pues los jueces actuan por peticion de parte y mlos procesos jurisdiccionales estan basados. principalemente en el principio de contradiccion.

3. CONCEPCION DEL POSITIVISMO JURIDICO.Dicha concepcion, propicia la ausencia de lagunas en el ordenamiento juridico, lo que reduce el papel del juez. Esto es resultado de la concepcion de Montesquieu de un juez invisible y neutro cuya actividad es unicamente la de la aplicacion de la norma y solo dentro de lo privado, no hay intervencion en las decisiones politicass.

4. LAS CRITICAS A LA CONCEPCION MECANICISTA DEL JUEZ. Inicia en el siglo 19 a la dogmatica de la concepcion y a la praxis judicial que la evoluciono en sentido contrario.

TESIS DEL DERECHO LIBRE: La ley y la sentencia son dos momentos igualmente desicivos e importantes en la construccion del ordenamiento juridico.

DECISIONISMO:: En las decisiones tambien hay un elemento creativo que no esta en la ley previa..

La CSJ de USA demuestra por las diferentes adaptaciones del texto que era importante la funcion creativa del juez que tuviera en cuenta los diferentes tipos de evoluciones en una sociedad. Ya a principios del siglo 20 en Europa se adopta el modelo desconcetrado de justicia constitucional donde el poder judicial puedecontrolar las decisiones politicas de lols otros organos.

II. PODER JUDICIAL DENTRO DEL MARCO DE LAS FUNCIONES ESTATALES

Deriva de los articulos 9 y 154 de la CN , en cuanto al principio de independencia , en cuanto se dice que es independiente y autonomo de los otros poderes y organos constitucionales.

Aunque no participa en el ejercicio de la potestad de gobierno, si puede interferir cuaando se ejerce la jurisdiccion constitucional.

La independencia del ejecutivo se expresa por el nombramiento interno de su personal y la determinacion de sus emolumenetos. La relacion con el ejecutivo es mas de colaboracion por que los tribunales deben aplicar lols actos administrativos y las ejecuciones por la fuerza de las resoluciones judiciales se hacen por la fuerza de policia.

El poder ejecutivo esta sometido a los tribunales , por que sus actos pueden ser recurridos por razones de legalidad, acciones contenciosos-administrativas, recursos de habeas corpus, amparo y accion de incosntitucionalidad.

Con la asamblea la relacion es mas estrecha por el sometimiento a la ley, aprobacion del presupuesto y nombramiento de magistrados. La ley es la que establece jurisdiccion numero y duracion de tribunales, principios y formas de exigir responsabilidad; pero los proyectos de ley referidoss a la organizacion y funcionamiento del poder judicial debes ser consultados a la CSJ y para ap[artarse del conc.epto de esta se debe dar 2/3 partes de la votacion.

El principla limite de la asmblea frente al poder judicial se da por el control de constitucionalidad de las leyes por vicios formales o maateriales, pero en cambio la asamblea no puede modificar una sentencia tanto por cosa juzgada que conservar la seguridad juridica que determina la inmodificabilidad y verdad final en un caso concreto.

III. CARACTERIZACION CONSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL.

1. PRINCIPIO DE LEGITIMIDAD DEMOCRARTICA:El pueblo es el origen juridico- politico de todos los poderes, por tanto el poder judicial tambien deriva su legitimacion del principio democratico. El problema de legitimacion democratica de los jueces, es un problema diferente a la de los otros organos constitucionales de eleccion popular por tanto se demuestra que es diferente identificar la democraticidad con representatividad.

La legitimacion d los juecs es de caracter fncional , por que esta relacionada con la relevancia de lass funciones que desempeñan los jueces en una sociedad democratica.

La legitimacion democratica de los jueces tiene estas caracteristicas.
a) los jueces no actuan de oficio, si no a instancia de parte
b) por tanto no tiene interes directo en el asunto sometido a su jurisdiccion
c) el proceso se desarrolla de manera contradicctoria , por eso las partes tiene una participacion activa en su desarrollo.

La legitimacion funcional se hace por medio de la estricta observancia de los jueces, de la constitucion y la ley, que consagra una serie de principios procedimentales y asi al final se habla de una legitimacion a traves del proceso, para este sometimiento a la ley el juez debe conocerla previamente.

2. PRINCIPIO DE UNIDAD: La potestad jurisdiccional esta monopolizada por el poder judicial popr medio del pricipio de exclusividad ( juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado de conformidad con las normas de competencia y procedimiento establecidas por las leyes de caracter general)

Este principio se conecta con el de independencia por las garantias que deben tener en un estado de derecho los jueces imparciales e independientes.

El principio de juez natural , prohibe la creacion de tribunales especiales que conscan de determinados casos, o juzguen a una o varias personas en particular.

A priori este principio crea un problema con el codigo penal en la disposicion que trata de los tribunales militares , sin embargo bajo el articulo 35 de la constitucion en el caso de la creacion de ejercitos lass faltas de sus miembros serian juzgados por los tribunales ya establecidos en materia penal y no se crearia un nuevo tribunal especial.

3. LA TITULARIDAD DE LA POTESTAD JURISDICCIONAL: Establecido en el art. 153 de la CN le da dicha potestad al poder judicial en todas las materias, sin importar la naturaleza y las calidades de las personas que intervengan, ademas resolver definitivamente y ejecutar las resoluciones a si sea por el uso de la fuerza publica . Esto se complementa con el mandato constitucional ( 10 y 48) que confiere a la sala constitucional el conocimiento de habeas corpus, mparo, cuestiones de constitucionalidad, resolucion de conflictos de competencia constitucional entre los organos fundamentales del estado..
Por tanto hay un monopolio del poder judicial , slavo en los poderes del TSE en materia electoral.

La sala ha sostenido , que no puede haber tribunales jurisdiccionales dentro del poder ejecutivo,por tanto se refuerza el monopolio del conocimiento de todas las controversias juridicas que surgen en el pais.

4. PRINCIPIO DE EXCLUSIVIDAD: Intimamente relacionado con el anterior tiene 2 vertientes.
a) reserva de jurisdiccion: tiene doble sentido:
-excluye la posibilidad de que se ejerza por los particulares y tribunales fuera de la orbita del poder judicial, por que la constitucion ha establecido que el poder judicial es indivisible. Las decisiones de los arbitrajes, deben ser ejecutadas por medio de el poder judicial, quedando a salvo la reserva de la jurisdiccion.
b) exclusividad en sentido propio: (166) reserva legal para la atribucion de nuevaas funciones a los organos del poder judicial.

5. PRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD: Se refiere a una indeependencia de los otros poderes, reforzado con la independencia de los otros tribunales , para que el juez este en una verdader imparcialidad respecto a las partes en conflicto. Asi se garntiza la competencia propia y exclusiva de cada tribunal para resolver los asuntos sometidos a su jurid=sdiccion sin intervencion de ningun otro organo judicial.

La violacion de el principio de imparcialidad de configura en el delito de prevaricato, donde el infractor responde de manera penal y patrimonial, siendo el delito de prevaricatofallar un caso contra lo que establece la ley o con pruebas inexistentes.

IV. LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES PROCESALES.

1. PRINCIPIO DE PUBLICIDAD: Caracteristica esencial del estado de derecho con esto se garantiza la legitimidad constitucional de la administracion de justicia.
Si los procesos son secretos pueden ser influenciados por presiones politicas o econommicas.

No es un principio absoluto, por que las limitaciones son la tutela de los derechos de las partes en litigio; pero las limitaciones deben ser expresas y restringidas [(juez de intruccion-sumario corto-proteccion de pruebas) ( acceso a juicios donde se ventilen cosas muy intimas)]

En este principio esta fundamentalmente la expresion de la publicidad de las jurisprudencias de los tribunales que el ordenamienento califica de vinculante.

2. PRINCIPIO DE MOTIVACION DE LAS SENTENCIAS: Es el principio corolario del debido proceso, la sala ha dicho que en la sentencia debe haber una correlacion entre acusacion, prueba y sentencia. En la sentencia debe motivarse y justificarse los medio de conviccion para sustentar y desechar, la motivacion posibilita su control por medio de los recursos.

Se evita la inseguridad juridica por que la solucion es fruto del ordenamiento y no de la arbitrariedad. Se hace necesario que el juzgador establesca las razones de ehecho, relaciones causales, pruebass y normas juridicas aplicables al caso concreto. Una exposicion ordenada de las razones que lo llevan a tomar la decision.

3. PROHIBICION DE SER JUEZ EN DIFERENTES INSTANCIAS: Esta prohibicion evita que las diferentes instancias judiciales se conviertan en una sola.

4. RESPETO A LA COSA JUZGADA MATERIAL: La cosa juzgada, es la eficacia juridico-procesal, que impide que se examine en un nuevo proceso una pretencion procesal ya satisfecha.

Cosa juzgada formal: imposibilidad de impugnar una resolucion recaida en un proceso.
Cosa juzgada material: imposibilidad de examinar una nueva pretension indentica a la ya resuelta.

Las excepciones a estos dos terminos sufre excepciones en los casos en que procede el juicio de revision, en materia civil cuano suurgen prubeas nuevas no conocidas en el momento en que se tomo la desicion y en materia penal por error material.

5. DERECHO A UN PROCESO SIN DILACIONES INDEBIDAS: Las silaciones no consisten simplemente en resolver en los terminos establecidos, por que hya matrerias que por su dificulltad necesitan maas tiempo para no violar otros derechos fundamentales.
La dilacion es indebida cuando no hya razones objetivas que retracen al tribunal.

V. LA INTEGRACION Y ORGANIZACION DEL PODER JUDICIAL

El poder judical esta conformado por la CSJ y demass tribunales que establesca la ley. La CSJ es el tribunal superior del poder judicial y jerarca administrativo.

SALA MATERIAS No. DE MAGISTRADOS
1 civil, comercial
contenc-admo 5

2 familia, trabajo
juicios universales 5

3 materia penal 5

4 Constitucional 7


Los magistrados de las 3 primerass salas son elegidos por mayoria absoluta de la asmblea, los de la sala cuarta mayoria calificada de 2/3 partes del total de los miembros.

La disminucion de los magistrados solo puede hacerse con una ley cuyo procedimiento es igual al de reforma de la constitucion (195 CN)

Para ser magistrado se requiere ser mayor de 35 años, poseer titulo de abogado expedidio o legalmente reconocido en CR , haber ejercido la profeson por lomenos durante 10 años o practica judical no menora 5 años , los principales y los suplentes son elegidos por periodos de 8 años. Solo los principales deben rendir la garantia fijada por la ley antes de asumir el cargo.

No puede ser magistrado quien tenga un grado de parentesco hasta de 3 grado de consanguinidad con algun m,iembro de la CSJ, la calidad de magistrado es incompatible con la de funcionario o mimebro de los otrso supremos poderes, incluidos el TSE y la contraloria.

Los magistrados de la CSJ solo pueden ser suspendidos por declaratoria de haber lugar en la causa o por los motivos expresos de la ley en el capitulo del regimen disciplinario..

VI. EL GOBIERNO DEL PODER JUDICAL

El autogibierno significa que tiene competencia propia y especifica para la administracionde sus oficinas internas sin injerencia de los otros poderes. El jerarca del poder judicial es la CSJ es decir la reunidon de todos los magistrados que la conforman hay dos formas de autogobierno segun el derecho comparado
a) integral: magistradura administre los medios personales y materiales
b) relativo: la magistradura interviene fundamentalmente en nombramiento y regimen disciplinario de los jueces, dejando al ministerio de justicia a cargo de los medio materiales y de las responsabilidades propias del funcionamiento de los servicios de justicia.

Las funciones administrativas del ejercicio jurisdiccional es un instrumento fundamental para garantizar la independencia y que no pueda ser amenazada por sujetos no pertenecioentes al poder judicial.

El sistema de CR es integral, pues es la corte plena quien administra los medios materiales y personales, por medio del consejo superior de la judicatura/ judicial {5 miembros ( presidencia de la corte, representantes de los empleados, abogados profesionales que trabajen en la corte, jueces y un abogado externo)este organo es creado para la dmministracion diaria del poder judicial y para que los magistrados se dediquen solo a dictar justicia.

La CSJ como jerarca de la justicia agota la via administrativa y es el encargado del nombramiento,remocion y regimen disciplinaro de los funcionarios que administrn justicia.

Thursday, September 28, 2006

DD.HH,clase 1 y 2 (editar)

.8 de septiembre

TRABAJO DE INVESTIGACION

3 entregas con igual valor promediado, 50% para la escolaridad.

TEMA:.

1 entrega: reporte de fuentes de investigacion.con relacion directa con el tema.El formato para la entrega se consigue en cualquier libro sobre metodologi88.a la estrategia de la investigacion, por eso lleva referencia sobre los objetivos,hipotesis(enunciado corto)

3 entrega trabajo escrito3

EXAMEN FINAL toda la materia vista desde el 10 de
diciembre hasta el 8 de diciembre
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\.\.• Desde el articulo 1 de la carta democrartica interamericana se establece que la democraca es n derecho de los pueblos.

• Los dd.hh. son los derechos de la promocion de la dignidad humana para la plena aplicacion y se dice que tienen que ser correlativos e interdependiente


22 de septiembre.

QUE ES EL DERECHO? La rerspuesta es compleja por que el derecho es polisemico ( varios sentidos) dice la teoria tridimensional que el derecho esta conformado por: hechos, normas, valores.

A parritr del S XVI surge el derecho internacional, comercial. Solo a partir de este momento empieza el desarrollo del derecho inernacional co el nacimiento del concepto de nacion y estado
En el derecho hay que considerar los desarrollos culturales, historicos, sociologicos y social

QUE NOS ENSEÑA EL DERECHO? la posibilidad de entender el derecho como un organo vivo y dinamico

LA SOBERANIA Y EL ESTADO NACION ( CRISIS DE LA TEORIA DEL ESTADO?) El estado-nacion aparece solo despues del siglo 16

dentro de los elementos del estado ( poblacion, territorio, poder) se le incluye la soberania

La principal funcion de la ONU fue terminar con la colonizacion como forma de explotacion de un país sobre otro y la expresion de la soberania

Friday, September 15, 2006

derecho romano 2, clase 1a 3

6 de septiembre

Derechos rerales sobre bienes e inmuebles

reales bienes de "res" cosa

Nocion general,define que derecho real como la propiedad independiente sobre una cosa; es el ejercicio de una facultad sobre la cosa, de manera mas o menos independiente sobre la persona.
Esto esta tutelado sobre una accion sobre la cosa,esta accion siempre se va a ejercitar contra cualquier tercero que atente contra el derecho es "erga omnes" siempre se debe demostrar feacientemente que se tiene algun derecho.

La posesion es un mero hecho
pero la Propiedad es un derecho, de quien reivindica
(vengaza)

Los derechos reales son mas o menos tipicos, decretados por el ordenamientos y son reducibles a tipo fijos(figuras) y se pueden alterar por voluntad dentro de ciertos limites que dice la ley.

Formas y especies reconocidas por los romanos.

PROPIEDAD
SERVIDUMBRE
ENFITEUSIS(agricola)
SUPERFICIE(edificio construido en suelo ajeno)
Todos son derechos reales de goce

Dentro de los derechos reales algunos incluyen la prenda e hipoteca pero estos son de garantia de la obligacion contraida.
La propiedad es el derecho mas amplio e enminente de los derechos a los cuales se puede hacer referencia y se confunde con la cosa misma por que la cosa pertenece a la persona de la forma mas absoluta que se conoce.
Solo se da sobre cosas que son suceptibles de apropiacion.
La servidumbre es un derecho que esta subordinado sobre los derechos que perternecen a alguien.
Las obligaciones que son dependientes de una relacion real.

Las obligaciones enfiteuiticas, arrenadar terrenos pertenecientes al estado "ager publicus" con el fin de darle un uso agricola.

Contrario a la prenda y la hipoteca?

tratado sobre las cosas : alberto brenes cordoba
"La palabra cosa es una de las mas comprehensivas del idioma que siginfica todo lo que existe fisica o moralmete excepto los seres racionales"

En derecho se usa en sentido menos general y se llama cosa lo que es succeptible de asociasion o traspaso por cualquiera de los medios que la ley tiene establecido al efecto; las cosas( bienes= conjunto de cosas) no se consideran es si mismo si no en el uso que se le puede dar al entrar en un patrimonio(conjunto de bienes)
el bien es algo que causa felicidad
La utlidad de una cosa no es suficiente para hacerla entrar dentro de los bienes , es necesario saber la cuantificacion en dinero.
Por eso la sulud,vida,honra y libertad son bienes; por que la afectacion de uno de ellos da lugar a una querella, aunque son bienes inestimables, son bienes en el sentido moral pero no en el juridico, para el mundo juridico solo son bienes aquellos que entran al patrimonio para incremenrtarlo y/o enriquecerlo

ULPIANO; " BONA EX EO DICUNTUR QUOD BENT, HOC EST BEATUS FACIUNT" SE LLAMA BIENES A LAS COSAS PROVECHOSA, ES DECIR LAS QUE HACEN FELIZ A LAS PERSONAS

En el texto romano esta primero la concepcion de provecho y de felicidad, la segunda si es juridica, que la cosa sea suceptible de apropiacion y la tercera que sea suceptible de enajenación; por eso la mayor parte de los asuntos que trata el legislador son los bienes, el manejo y el provecho que se pueda obtener de estos, es por esta la relacion tan estrecha que se da entre el derecho y los bienes.

(El objeto pertenece a la personas los otros son derechos subordinados)

compra venta: acuerdo entre cosa y precio


13 de septiembre

(leer sobre las cosas y sus clasificaciones)

"lo accesorio sigue a lo principal"

"nec mancipi" cosas y terrenos situados en suelo italico, animales,propiedades y esclavo

El derecho por exelencia de los romanos es el de propiedad, sin embargo tambien se habla sobre derechso sobre cosa ajena.

Entre los romanos no existen ningun frafmento que defina la propiedad, los primeros intentos de definicion de la propiedad se debe a los post-glosadores hBLron un derecho de usos y de disposicion de una cosa como si fuera propia de acuerdo las razones como lo expresaba el derecho; a esta nocion se le da una modificacion para completrala usando los elementos de : el derecho de disfrutar (ius fruendii) y de disponer (ius disponendi)

Es la señoria juridica efectiva o potencialmente plena sobre una cosa .La señoria plena es la que le da al propietario los poderes mas amplios sobre la cosa, entre todo lo relativo de la cosa el detalle mas importante es la voluntad del dueño, el dueño tiene todas las atribuciones sobre la propiedad, hay un moemnorto en que se da una identidad entre la cosa y el derecho,en el derecho romno hay 3 terminos que van del mas antiguo al mas nuevo.

1) mancipio:
2)dominium
3)propietas

El derecho romano era un derecho formulario, donde se usaban los mismos verhbos y las mismas respuestas, adems de las misma formulas fisicas.


27 de septiembre

La possesion es un hecho y la propiedaad es un derecho

SEÑORIA PLENA: Es la que le da al propietario la potestad mas ampli, no hay que entenderla como la suma de atribuciones concretas, por que en ocasiones hay afectaciones sobre la propiedad que hacen que el dueño pierda algunos de sus atributos almenos temporalmente

CLASES DE PROPIEDAD:

ENFITEUSIS: derecho en cosa ajena, las tierras siempre pertenecian al estado

DOMINIUM EX IURE QUIRITIUM: derecho de propiedad de acuerdo a las leyes romanos ( derecho civil)
para que se dierea esta propiedad se requiria:
que fuera un ciudadano romano o un latino al que se le habia concedido el derecho de comercio. Esto pierde importancia, cuando se declara que son ciudadanos romanos de hecho y de derecho todos los ciudadnos del imperio incluidos los conquistos
que la cosa tuviera caracter romano, que fuera un bien mueblle o suelo italico
que el modo de adquiri la cosa sea adecuado a la condicion de res mancipi o res nec mancipi ( que estuviera dentro del comercio)
en caso de transmision de una cosa a otra la persona adquirente estuviera bajo el derecho quiritario

Para los romanos el propietario era el que reunia estas calidades

Si recae sobre fundos los limites de los fundos se establecia por medio de una seremonia ( entre religiosa y legal) dejando un espacio libre de 5 pies para poder dejar un espacio libre de circulacion

en los casos en que se debia hacer una ceremonia, si esta no se hacia, la cosa se podia reinvindicar como si no se hubiera hecho la cesion por esto nace el pretor-publicios

PROPIEDAD BONITARIA


Desde que empieza l a expansion, el suelo conquistado se transfomra en romano y se transfoma en dominium ex iure quirituim donde se alquilaba a los particulares pero segia siendo del imperio y se llamaba de fundo del estado


PROPIEDAD DE PREGRINOS Los no ciudadanos , subditos del imperio no podian dueños por derecho quiritario , la relacion de ellos con las cosas que constituina su hacienda privada ( patrimonio) no era llamada propiedad pero lo era en esencia por la titularidad de derechos, pero los bienes eran amparados por el poder publico romano a la cual tambien pertenecian los extrangeros y se legislaban para darles garantias


MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD
Hechos juridicos a los cuales las leyes atribuyen el efecto de que surja en el patrimonio d euna persona al señoria juridica general sobre una o varias cosas. Hay acontetcimientos enla vida que el derecho mira
las clasificaciones mas corrientes la una es moderna y la otra es inpirada en las fuentes de gayo

MODOS ORIGINARIOS Son aquellos que operan su efecto independientemente de un derecho anterior a cualquier otra persona, los animales salvajes cazados

MODOS DERIVIVATIVOS son los modos en los cuales la adquisiscion se basa en un derecho precedente de propiedad que otra persona tenia sobre la misma cosa y consisten en una relacion juridica entre el q adquiere el derecho y el propietario precedente. La propiedad se adquiere de ordinario con las mismas caracteristicas, facultades y cargas que presentaba el dueño anterior. y con la voluntad del dueño precedente

Justiniano las dividia en civiles ( modos expresamente romanos de acuerdo al derecho romano y sus formulas) y naturales ( que se consideran comunes a todos los pueblos y aparecen ante la razon natural, como lass leyes nar=turales y sencillas)

LOS MODOS ORIGINARIOS

principios de derecho publico

DERECHO
conjunto de normas creadas por el estado o sus organos ,son de caracter general y tiene poder coactivo(se pueden imponer) la consecuencia mas importante es la seguridad juridca que es su pricncipla fin;ademas de garantizar la paz social
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PUBLICO PRIVADO
Estado y sus organos como los ciudadanos
sujeto central son lo central

los bienes cuya titularidad libre disposicion,
esta en cabeza del estado titularidad, unica
estan regulados para su y particular
uso

formas de manifestacion)
actos administrativos actos o hechos
juridicos
SUJETOS: Es a quienes esta dirigido el derecho

1.CORRIENTE:el estado y sus organos y los individuos
2.CORRIENTE:.el estado y sus organos,los individuos y los individuos intermedios(entidades corporativas-formas asosiativas de derecho-)

ESTADO PERSONA JURIDICA MAYOR;En el caso costarricense está conformado por 3 ramas( legislativo,ejecutivo, judicial) además del Tribunal Supremo de Elecciones y el CGR

El campo de accion que regula el derecho publico es en las relaciones entre los ciudadanos( o personas de derecho privado) en y con el estado y sus organos.

"todo derecho tiene su correlactivo deber"

Principios: Aquello sobre lo que no se puede renunciar.
a) seguridad juridica<>
b) legalidad <>

11 de septiembre

El derecho publico se caracteriza por la relacion del estado en sentido amplio o especifico con sujetos de derecho privado.Dichas relaciones pueden ser de forma individual o colectiva..

Una de las formas de distiguir el derecho publico del privado es comparando los actos,sujetos,objetos y procedimientos que intervienen en cada una de las ramas del derecho.
Las ramas del derecho publico son: constitucional,administrativo,tributario,parlamentario,financiero,electoral, interncacional publico.



ACTOS
Los sujetos de derecho privado se manifiestan atraves de actos, hechos o contratos.

El estado y sus organos manifiesta su voluntad atraves de actos administrativos cuya principal caracteristica es que 1) son escritos, en el ejercicio de su potestad de imperio y siempre en busca de un interes publico o general.
Sin embargo no es la unica tambien se puede dar 2)actuaciones materiales. La conducta se le atribuye al organos siempre que este en cumplimiento de la funcion encomendada y buscando el interes general
3)La otra forma de manifestacion es por medio simbolos comunes.

Sin embargo hay que distinguir entre el estado aparato y el estado persona.
Donde la conducta se le atribuye al organo pero quienes dinamizan la actuacion de los organos.son los agentes(personas) El ente como tal es un organo abstracto.
Los actos son realizados por los empleados publicos en cumplimiennto de sus funciones.

OBJETO
Se tiene en cuenta el interes general o publico, muy relacionado con el sujeto que leva a cabo la atuacion.

PROCEDIMIENTO
Entendiendose como la instancia,sede o proceso judicial para resolver los conflictos de interes juridicos por la actuacion entre los sujetos y el estado.
Para las disputas contra el estado se usa un proceso contencioso administrativo.
Los actos administrativos pueden ser impugnados en sede administrativa,en sede judicial y en sede constitucional.

Primero se trata de anular en sede administrativa,lo cual es presupuesto para poder pasar a la sede judicial(agotar via administrativa:interponer en tiempo y forma los recursos correspondientes).En algunos casos se puede interponer directamente en sede constitucional por medio de un recurso de amparo, pero la condicion objetiva esencial es que el acto que se vaya a impugnar sea violatorio en si mismo de derechos fundamentales o constitucionales, pero la recomendacion es que no se haga
SUSPENSION DE LOS EFECTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO: en las tres sedes se puede solicitar.La diferencia es que cuando se plantea en la administracion o judicial es de caracter discresiona o facultatival, mientras que en la sede constitucional opera de pleno derecho>

historia de las insituciones costarricenses, clase 1 a 4

7 de setiembre

¿ QUE ES EL ESTADO?

Una organizacion politico-economica, en un territorio dado. Sin embargo es dificil dar una definicion exacta por eso se limita a dar unas caracteristicas para hacerse una idea.
Dentro de estas caracteristicas estan:
ordenamiento juridico (imperio de la ley)
territorio
poblacion
gobierno
soberania
independencia política
cultura

La cultura es importante por que los primeros estados se crean por elementos socio-culturales comunes.
(las naciones se diferencia por la falta de territorio; ej kurdos, palestinos. La antartida tiene territorio y gobierno-6 países- pero no tiene poblacion)

Al entender los elementos constitutivos del estaado,se entienden las figuras juridicas de cada estado.

Las primeras formas organizativas son las familias con los patriarcas a la cabeza, despues se evoluciona a tribus-clanes/aldeas y ciudades,estas ultimas ya no estan unidas solo por elementos de familia,pues hay otros clanes e incluso extrajeros.Al crecer los centros d poblacion se establecen las monarquias que funcionaban como patriarcas pero para toda la ciudad, esta forma da origen a las monarquias absolutistas, que es la genesis del estado moderno

SIGLO XVI- BASES PARA LA CONSTITUCION DE LOS ESTADOS MODERNOS-

MONARQUIA ABSOLUTISTA
UNIDAD RELIGIOSA
LENGUA COMUN
LEGISLACION COMUN
MONEDA COMUN
IDENTIDAD COMUN
EL OTRO

Esto lleva a la creacion de los estados constitucionalistas.

Los movimientos independentistas tambien tuvieron como eje la creacion de constituciones, ejemplo es la de estados unidos que fue una forma de negociacion entre diferentes grupos.

Los moviemintos constitucionalistas tratan de darle validez a los derechos de los individuos y reunir los elementos constitutivos del estado.
(para los territorios grandes, se necesitan figuras de mando fuertes)

14 de septiembre

TEMA 2.

A la division dl imperio romano quedan las 2 capitales
IMPERIO ROMANO OCCIDENTAL-ROMA
IMPERIO ROMANO ORIENTAL-BIZANCIO

Ante el desorden imperante e emperdao JUSTINIANO ordena la creacuion del CORPUS IURIS CIVILIS compuesta por codigo nuevo y viejo, novelas e institutas;ademas de leyes en sentido estricto, consultas senatoriales,decretos imperiales, causistica y las opiniones de juristas e interpretaciones.
Esto se convirtio en la legislacion comun de los dos imperios romanos.

Hacia el siglo V y VI desaparece el imperio romano y toda la legislacion se pierde por que las diferentes tribus barbaras que invaden traen sus propias tradiciones que son mas parecidos al actual "comon law" el imperio romano se divide mas o menos en 11 pueblos (reinos) diferentes , el derecho romano queda dormido pero la imposibilidad de hacer negocios o pasar a traves de pueblos hace que reaparesca como DERECHO COMUN.

El derecho comun es el derecho que se aplica a la generalidad de los casos aplicables en oposicion a un derecho particular o especial- FUEROS <> Esta necesidad de un derecho comun hacia el S. IX con movimientos reunificadores en cabeza de Carlomagno " unum imperium,unum ius" esta idea reflejaba las intenciones de volver a reunificar al imperio romano.

EMPRADOR DEL SACRO IMPERIO ROMANO GERMANICO: con este titulo implicaba que estaba bendecido por dios y estaba autorizado para invadir tierras para reconstruir el imperio,despues de encontrase el codigo de Justiniano nace el movimiento de los

GLOSADORES cuya funcion era buscar pedazos y fragmentos del codigo de justiniano que faltaban,por toda Europa, para analizarlos y explicarlos para llegar a hacer una interpretacion general,lo hacen desed un punto de vista: filosofico( maxima expresion de leyes alcanzada hasta el momento),dogmatico ( si se queria continuar con el imperio romano, lo ideal era continuar con sus leyes) ,cientifico (primeras interpretacion de texto) y juridico (verdaderaas costumbres romanas y agregadas y su diferenciación)

OTRAS CORRIENTES:

SUMA: version resumida del CIC o de sus partes

BROCARDOS: principios o maximas de derechos extraidas del CIC redactadas en formas breves para memorizar y aplicar. ej: a lo imposible nadie esta obligado

VOCABULARIOS: primeros diccionarios juridicos donde se ponian las palabras extraidas del CIC ordenads alfabeticamente sugun su significado


ALFONSO X EL SABIO- LIBROS DE LAS LEYES O LAS 7 PARTIDAS, el reino español todavia no existia en sentido estricto, el reune en este libro las normas que existian en todo los lugares donde el mandabas , integrado por: fuentes de derecho, derecho publico,proceso,familia,privado,sucesorio y penal.

LOS COMENTARISTAS: agarran los diferentes glosas y solucionan los problemas de multimples interpretaciones decian cual interpretacion debia imperar y por que razones, comentaba todos los textos.

Al existir un derecho comun hay una seguridad juridica en el comercio por q no solo vincula a las personas,tambien a los estados

EL HUMANISMO S.XVI : Se da por la necesidad de averiguar el verdadero espiritu del legislador al crear la norma
*CRITERIO FILOSOFICO: lenguaje
*CRITERIO LOGICO epoca
*CRITERIO HISTORICO contradicciones
*CRITERIO TEXTUAL oridginalidad

EVOLUCION DEL DERECHO

= COMMON LAW
DERECHO ROMANO = DERECHO CONTINENTAL

- DERECHO CANONICO = FAMILIA

21 de septiembre

TEMA 3 y 4

recepcion del derecho comun en la america hispana

S V despues de cristo: Empieza el debilitamiento de de las fronteras del imperio romano,a españa y a francia empiezan a invadirlos las tribus germanicas, roma pide ayuda a los visigodos que eran cristianos arianos y de esta forma iinvaden españa arrinconando a los barbaros durante este proceso cae el imperio romano y se establece el imperio visigoda, con capital en la actual tolousse-francia se establece el codigo de eurico que contiene la tradicion orl dicho codigo rige por 200 añoos cuando nace el codigo de recesvinto que mantiene las tradiciones romanos esta tan bien hecho que actualmente se mantienen algunas formas juridicas , el reino visigodo se mantiene hasta que los arabes invaden españa y entra en vigencia de la legislacion arabe y se le conocia como al-andalus y era un emirato

el emirato de cordoba , pasa a ser califato de cordoba por la necesidad de no dejar que los cristianos retomaran el país




Los reinos cristianos hacen un frente comun en contra de los musulmanes, partiendo de una base y creencia comun que hace mas facil para la union y expulsion de los colonizadores musulmanes, parte del movimiento de unificacion del derecho se da con alfonso x que es el principal p[romotor de las 7 partidas .

LOS REINOS CRISTIANOS:

reino de leon: galicia, asturias

coronas de castillas: leon, navarra, castilla y portugal
reinado de granada: musulman, despues es expulsasdo

A partir de ahi se empieza a hablar de los reinas de españa por q aun no esta totalmente consolidada

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derecho de indias o derecho indiano

CARACTERISTICAS

es un derecho evangelizador
asistemico ( hasta la recopilaion de 1680)
casuistico, por que era aprobado en españa, pero era discutida con los conquistadores hasta que medida se cumplia sobre todo las leyes sobre proteccion a los aborigenes, en ocasiones no se cumplia
predominia el derecho publico, por una preocupacion para definir impuestos, figurass administrativas,limites entre audiencias
protector del aborigen en españa por considerarlo un ser inferior e indefenso
principio de la personalidad del derecho, legislacion diferentes para españoles (criollos y penissulares),indigenas, mestizos y negros, no habia una igualdad ante la ley los deberes tambien eran diferentes
predominio de la moral ( por la discusion en todo euro pa que habia en derecho positivo Vs derecho natural) se empieza a cambiar la vision teocentrica del mundo a una vision mas antropocentrica, sobre todo con las teorias de la astrologia que demuestra que la tierra no es el centro del universo

fuentes del derecho indiano

derecho municipal: ordenanzas reales, autos municipales y costumbres
derecho indigena: tradicion oral, siempre y cuando no contradioga al derecho español, podian ser resuelto con las tradiciones indigenas
derecho castellano: en lo privado, ya se estaba imponiendo la lengua castellana como lengua oficial

antecedentes juridicos
- argumentos diferentes al "papa" para mantener su dominio sobre las indias

democrates alter: diferencia de los seres humanos y esta justificado que unas personas dominen a las otras, retoma las ideas de la republica de platon
los indigenas pierden la capacidad de autogobernarse al cometer delitos de leso derecho natural ( poligamia, incesto,sodomia, cnibalismo)
urbe et orbi : " la ciudad y el mundo" carlos I de españa emperador del sacro imperio romano y por tanto con derecho a dominar america
predestinacion: fue la divina providencia quien llevo a los españoles a america y no llevo a los ingleses, holandeses, o franceses

estatuto juridico territorial de las indias

america se consideraba un reino mas de españa y no una colonia, reinos que podian ser estados pero compartian figuras rey comun, instituciones, comunes y llegislacion comun. El termino colonia viene de los franceses que si usaban la palabra, ese era el argumento de los movimientos de independecia por que decia que si no eran colonia podian cambiar de gobernante cuando quisieran


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28 de septiembre

TEMA 5 NUEVA CONFIGURACION POLITICA MUNDIAL
-REVOLUCION E INDEPENDENCIA DE LOS ESTADOS UNIDOS
-REVOLUCION FRNACESA
-REVOLUCION Y ESPANSIONISMO MAVO EN ESPAÑA Y LA INVASION FRANCCESA

Estados unidos - Colonia britanica
1607 fundacion de Janestown colonizacion tardia en relacion al resto de america (1492) lugar difiicil por las condiciones adversas del terreno y clima no apto para las semillas que llevban

DIA DE ACCION DE GRACIAS:.agradecimiento a los indigenas por poder sobrevivir al indigena por estos los alimentos son mayormente indigenas

Conflictos puritanos: separacion de iglesia- estado
etica calvinista: el trabajo es una bendicion de Dios entre mas trabajo mas respeto a Dios y la bendicion se manifiesta en las riquezas, por sus creencias, que eran una critica directa a la posibilidad de rechazar las riquezas terrenal para obtener las riquezas del mas alla (BIENAVENTURANZAS CATOLICAS) son perseguidos y piden permiso para irse a las colonias fundan ( Masachussets).

RHODE ISLAND: Fundada para practicar la tolerancia religiosa.

En esa epoca habia existencia de la aristocracia feudal .

A principio de 1770 se da en Inglaterra la guerra de los 7 años empieza en Europa y termina en America, Inglaterra gana, pero la guerra es basicamente entre las tribus indigenas, por tanto al terminar la guerra se crea una serie de impuestos para recuperar los gastos que fueron para defender a los "colonos" y entre otras cosas los colonos tenian que recibir a los soldados en su casa , pues no habia interes en construir cuarteles " NO TAXATION WITHOUT REPRESENTATION"

REVOLUCION AMERICANA: Empieza con la firma de la declaracion de independenccia el 4 de julio de 1776, esto desemboca en una guerra abierta con Inglaterra donde Francia y España apoyan la causa independentista para debilitar a Inglaterra que se estaba convirtiendo una potencia marina.

Hacia 1788 se firma la constitucion q delimita las funciones del gobierno federal y los gobiernos locales y la carta de derechos en 1791, 10 enmiendas a la constitucion que protegen los derechos de las personas , hasta entonces funcionaban en una formula federeralista informal de "pacto de caballeros"

LA FRANCIA DE LUIS XVI monarquia estatica, surge burguesia, descontento popular, ideas de la ilustracion,, la revolucion frnacesa dura 10 años y toma como fecha simbolica el 14 de julio

Fuerte deuda publica ( guerra de independencia de usa y fiestas del rey) escasez alimentaria y resentimiento social

ESTADOS GENERALES,forma primitiva de constituciones, son la aristocracia, iglesia y todos los demas, se llama por que el ministro de finanzas de turno nombrado por el rey que siempre decia que habia imponer mas impuestos y era algo que la nobleza no queria escuchar.
Abolicion del feudalismo y perdida del poder de la iglesia

Cuando el pueblo nota que la iglesia y nobleza se estan uniendo rompen los estados generales y y se proclama la asamblea nacional. Hay 2 gobiernos estados generales (nobleza y 1/2 de la iglesia) asamblea nacional ( pueblo y 1/2 de la iglesia)

Cuando el rey quita del poder a un ministro que era respetados por todos, se revela el pueblo en paris tomandose la bastilla, insurreccion agraria ( gran miedo ) proceso igual en el campo por el sistema desigual donde ellos eran loss que trabajaban la tierra pero no era de ellos.

La asamblea se empieza a sectorizar entre los filososfos e intelectuales y sus diferentes posturas sobre el sistema de gobierno,hacia 1791 se crea la asmblea constituyente donde el rey q era limitado por la nobleza, ahora estan los dos por debajo de la constitucion

Dentro de la constitucion nace la asamblea legislativa que tambien se empieza a dividir en los jacobinos( radicales revolucionaros) girondinos ( liberales republicanos, con monarquia similar a Inglaterra) cordeliers ( sectores mas humildes de la poblacion) pantano ( votan segun sus intereses, sin poscion ideologica definida)

Crisis de ingobernabilidad interna por una imposibilidad de lograr acuerdos , presiones externas de las monarquias para que no triunfaran los jacobinos, pues si tomaban el poder extendian la semilla de la abolicion de privilegios a monarquia.

Convesion (asamblea mass pequeña) Comite de seguridad publica ( verdadero poder, lidraban los jacobinos)

REINADO DEL TERROR: Gobierno absolutista, tienden a evitar las acciones antirevolucionarias.

revuelta de los sans culottes; descamisados se quejaban por que con el gobierno revolucionario seguina muriendose de hambre, hace la aparicion la guillotina.

Despues de tanto absolutismo e pueblo francces se vuelve a levantar y pasa a la guillotina a Robespierre, sus exesos llegaron incluso a afirmar que el nuevo dios era la razon y los cuadros pintados el era el modelo junto a una cantidad de papeles ( jefe de los jacobinos) y lo pasan a la guillotina , ascenso del directorio (1799) uno de los miembros es napoleon

Lo mas importante en la revolucion es la declaracion de los derechos del hombre y el racionlaismo en las leyes ( poitivismo)

REVOLUCION EN INGLATERRA- ( REVOLUCION INDUSTRIAL Y GUERRA CIVIL INGLESA DEL SIGLO XVII) la primera es consecuencia de la primera.

despues de la guerra civil la mano de obra se vuelve costosa y despues de la revolucion agricola inglesa las tierras empiezan a ser distribuidas y dejan de ser comunes, se da la rotacion de cultivos para que no se desgaste la tierra y la mecanizacion de los procesos. Con estos procesos juntos las persona que no tenian nada en el campo emigra a la ciudad, al tiempo se inventa la maquina de vapor

CONSECUENCIAS DE LA R. INDUS

desarrollo y expansion del sistema capitalista del mundo
ascenso de las burguesias al poder. comienzo de las luchass obreras para la obtencion de derechos obreros ( inicion del derecho de trabajo)
surge la "cuestion social" que es lo que tiene q hacer el estado con las personas y sus condiciones de vida
eurocentrismo cultural, pproceso de adopcion de los aspectos culturales y legales ( japon, latinoamerica) para poder llegar a un verdadero desarrollo
expansion de ideas liberales en latinoamerica

REVOLUCION DE MAYO EN ESPAÑA: carlos VI y napoleon invasion de portugal (por su apoyo a Inglaterra) pasando por españa y la idea de conversion de españa en un estado sateelite lo q causa el Motin de Aranjuez, se amotinan contra los franceses cuando creen que estan rapatndo al infante francisco de paula.

Los intenciones de reprimir los levantamientos españoles crea la guerra de independencia española , que era una querra de querrillas , despues de q sacan a pepe botella del poder se instituyen las cortez de cadiz

filosofia

6 de septiembre

¿QUE ES DERECHO? ¿QUE ES FILOSOFIA?

La filosofia lo que pretende es dar razon al ser y por medio de ella se aspira a un conocimiento verdadero de todo lo que nos rodea y de nosostros mismos.
La palabra filosofia, viene de las plabras griegas "PHILOS" y "SOPHIA" que significan amor a la sabiduría.

Mitología por la creencia: No hay esfuerzo racional para entender o explicar todo lo que sucedia, era la forma para explicarr todo lo que pasaba o existia y a travez de los mitos
Filosofía por la razón: Es el giro que se da, ahora todo esta expplicado y racionado.

En el cristianismo se da una especie de retroceso por que se parte de la creencia y de los dogmas.

2 corrientes del pensamiento que surgen

IUSNATURALISMO: Derecho universal, unico, superior,natural
IUSPOSITIVISMO:Temporal,del hombre,delimitado en el tiempo y el espacio

13 de septiembre

el hombre es un ser naturalmente sociable y el hombre que vive fuera de la sociedad por organizacion y no por efecto es una de dos : un ser degradado o un ser superior

La concepcion del hombre de dicha forma es una concepcion del hombre sociable y es la comunidad humana(sociedad) donde aparece necesariamente el derecho, por que el hombre en la sociedad requiere de una serie de normas que regule las relaciones.

HOMBRE-SOCIEDAD-DERECHO

en vista de esta trilogia no se concibe una sociedad sin derecho y un derecho sin sociedad, no seria posible
ESTADO NATURALEZA es aquel en que se hallaba el hombre antes de entrar al estado de sociedad, en este estado de naturaleza el hombre vive solo y por tanto no requiere de ninguna norma que regule su relacion con otros hombres,,esta teoria ha sido muy criticada por que se considera que el hombre al ser naturalmente social siempre ha vivido en comunidad con otros hombres.

Una sociedad sin leyes se rige por la fuerza esa es la que impera y por tanto n es necesaria de la razon.

El derecho ha ido evolucionando al mismo tiempo que la sociedad.

FASES DE DESARROLLO DEL DERECHO

1) HORDAS: Eran conjunto de hombres nomadas que no tenian un lugar fijo para vivir su medio de subsistencia principal era la caza y la pesca que cuando escaseaban en su lugar de habitacion emigraban a otro lugar para buscar mejores condiciones de vida el Derecho en esta epoca se manifiesta en rudimentarias practicas religiosas y morales; en usos y costumbres tradicionales, fijadas por el mas sabio .

2) MATRIARCADO Y PATRIARCADO : Con la aparicion de dos factores en la vida de la humanidad los grupos humanos se tornan sedentarios fijos y estables y aparecen por primera vez la propiedad privada, los dos factores son la agricultura y domesticacion de animales pues esto implica la estabilizacion en un terreno.

El hombre como tiene que sembrar dispone de un terreno para realizar la actividad y lo primero que trata de asegurarse es que los demas no traten de invadir apareciendo las cercas

Los lazos familiares se estrechan y consolidan, la familia se va conformando por medio de los vinculos de sangre, asi el derecho en esta etapa se funda en los mismos vinculos de sangre , todos los que descienden de un mismo tronco, de una misma ascendencia se hayan sometidos a las mismas reglas y a las mismas costumbres.

3) GRUPOS GENTILICIOS:A la familias constituidas por grupos de uan misma sangre fueron uniendosele otros extraños por medio de la adpocion y se originan asi los gens, clans o grupos gentilicios, en dichos grupos las costumbres alcanzan una fuerza preponderante que se acentua con las creencias religiosas. Aqui el mas anciano es el que gobierna y pone el buen orden en la familia o en el clan y las costumbres por el instauradas son dificiles de cambiar.

El individuo tiene valor siempre y cuando pertenesca al grupo, una ofensa a el es una ofensa a la colectividad y reacciona en contra de la agrupacion a la cual pertenecia el ofensor

si elofensor era del mismo grupo la sancion era la expulsion ,el unico derecho existente era la venganza colectiva, en algun punto cambia la concepcion donde la ofensa en vez de aser vengada es resarcida; y para ello se nombra a un arbitro entre los mas ancianos y se someten a tarifas previamente establecidaas para fijar los montos a resarcir. En sus comienzos esta figura del arbitraje era facultativo y no de aplicacion obligatgoria.

4) GRUPOS SUPER GENTILICIOS : Son los grupos gentilicios que poco a poco se vana uniendo para haccer frente a una amenaza comun o para adquirir fuerza ante un enemigo de poder superior, en estas uniones de grupos gentilicios se nombra como su cabeza a un jefe y en torno a el se forma una asta sacerdotal que lo apoyaba en el poder
JEFE-CASTA

Dicha delegacion de poder se hace en forma voluntaria y para favorecer a la colectividad.
El vinculo que prevalece en esta reunion de grupo ya no es de tipo sanguineo si no de caracter politico comenzando a surgir la organizacion politica que luego desemboca en la formacion del estado moderno

Esta evolucion termina con lo que conocemos actulmente como estado.

Se ha considerado que el estado consta de 3 partes:
1.TERRITORIO porcion de superficie terrestre delimitada en forma artificial y eventual en la que vive determinado numero de personas que se hayan sometidas a un mismo regimen juridico dentro de este concepcion se abarca el mar territorial y el espacio aereo

2.POBLACION es la conformada por seres humanos y puede estar compuesta por individuos de distintas razas, religiones y aun de distintas nacionalidades lo importante es que vivan en un mismo territorio y bajo un mismo regimen juridico

3.GOBIERNO: ejecutor de la leyes que dicta el soberano, en consecuencia es el supremo poder independiente que elabora las normas juridicas que rigen el estado, dentro de el gobierno podermos hablar de un poder autarquico; que lo compone la soberania que es el poder de autolimitarse y autoobligarse juridcamente sin que ninguna otra fuerza o poder coaccione a ello.La soberania es unica, indivisible, permanente, indescripitible, inagenable e independiente.
segundo elemento es q es un poder originario en vista de que es un poder de dominacion un imperium que tiene fuerza suficiente para hacer cumplir sus ordenes

20 de septiembre

IUS NATURALISMO
CONCEPTO:
CARACTERISTICAS:
PRINCIPIOS:
ESCUELAS:

IUS POSITIVISMO

CONCEPTO:
CARACTERISTICAS:
PRINCIPIOS:
ESCUELAS:
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27 de septiembre

GRECIA ANTIGUA

En Atenas habia una organizacion politica similar a la de nuenstros dias en cuanto a la division de los poderes .

La organizacion social estaba dividida en los libres ( ciudadanos, no ciudadanos) No libres ( esclavos)

La ciudadania solo se adquira por nacimiento
Eran los judiciales, politicos y militares

No ciudadanos ( metecos)

No libres, la mayoria de los esclavos eran adquirios por las conquistas en guerras.

ESPARTA- ORGANIZACION POLITICA

Diarquia : 2 reyes
Eforos : elegidos anualmente ,vigilaban las leyes y el poder de los reyes, elegidos anualmente
Gerusia: mayores de 60 años , consejo , familias aristocraticas
( ...falta..)

GRUPOS SOCIALES

PRINCIPALES: espartiataas,periecos
SECUNDARIOS: ...


CRITICA DE PLATÓN LA DEMOCRACIA: una forma de tirania por que era entregarle el poder a una sola persona que es tan capaz, como cualquier otra, propone la organizacion del alma

3 tipos de hombres
filosofos: educados y se dedican a educar virtud, la prudencia,
guardianes: irracible del alma,virtud fortaleza, vigilan la ciudad y ayudan a los gobernantes
trabajdores manuales: virtud templanza, satisfacen las necesidades basicas de los habitantes

Platon busca y encuentra el ser de las cosas en las ideas, diciendo que cada cosa en el mundo sensible(real-cosas), tiene su idea en el mundo inteligible( ideal).

Las ideas son indestructibles por que son:
• intemporales
• inmutables
• eternas
dicha concepcion esta fuertemente arraigada a la concepcion de derecho natural.

Dentro del concepto de estado de platon. platon dice que el estado es un organo perfecto, un todo formado por individuos y solidamente constituido, en cuanto al concepto de justicia , dice platon que esta es la virtud por exelencia y consiste en una relacion armonica entre las varias parte en el mundo de las ideas, asi da platon el paralelismo entre hombre y estado.

relacion individuo-estado:Dice que en los dos confluyen tipos de virtudes, hay 3 tipos de clase social en el estado (gobernantes/sabios/filosofos-guerreros/guardianes-artesanos y agricultores) y 3 valores/partes dentro del hombre ( racional-impulsiva-sentidos)
Cada una de estas clases sociales y valores tienen unas virtudes ( sabiduria- valor/fortaleza-templanza)


HOMBRE VIRTUD ESTADO

racional sabiduria sabios

impulsiva valor guerreros

sentidos templanza artesanos

De la armonia entre las 3 se da la justicia

Los individuos mejores deben llegar al gobierno de la cosa publica por medio de una eleccion gradual y una educacion adecuada y solo despues de haber cumplido 50 años dedicandose entonces exclusivamente a esta actividad que es la mas alta de las funciones del ciudadano <> por medio de la educacion los sabios llegan a gobernar.

Las leyes deben venir acompañadas de una explicación sobre su fin, en tal sentido las leyes penales tienen principalmente un fin curativo

La preponderancia del estado, dice platón, que es el estado quien fija la repartición de la propiedad( propiedad privada), quien restringe, interviene y vigila los matrimonios( matrimonios base de la familia y a su vez de la sociedad), quien determina las leyes y quien vela por su conservación( poder legislativo y judicial) y es tambien el estado quien regula el culto debido a los dioses ( art 75, religion oficial como catolica. ministerio de exterior y culto)

En la legislacion actual tambien tiene limites y restricciones de edad para acceder a un cargo

EL HOMBRE TRIPLE: en el momento en que hay armonia entre las 3 virtudes, hay un hombre mas justo para formar una unidad politica y moral, dentro del estado.

ANTIGONA: Representacion clasica de la discusion entre el iuspositivismo y el ius naturalismo.
primordial es la ley natural (antigona) (creonte y ismenea) primordial ley positiva

Ejercer la justicia en el hombre según sus actos.

constitucional II C.R

4 de septiembe

TEMA I: La asamblea, mitos,por que es organo,por que es poder, procedimeintos de la sala en la casa de consultas, cuando se ve la forma y el fondo en el caracter de las normass y en el caracter judicial. La inmunidad de los diputados funciones de la asamblea
Constitucion,reglamento de la asamblea, y el derecho de la constitucion II(quiz/trabajo ) naturaleza juridica del reglamento, procedimeinto legislativo,diferentes organos de la asamblea legislativa

TEMA II: Poder ejecutivo, funciones,organos, relaciones con otros poderes y responsabilidad de los miembros del poder ejecutivo( presidente,vices, ministros y vices)

TEMA III:Poder judicial, solo desde la optica de la constitucion.Las funciones y caracteristicas solo constitucionalmente hablando y la funcion normativa de la corte para dictar medidas y directrices, hasta donde puede llegar la sala constitucional;pricipios en materia penal constituciona. " habeas corpus,amparos puros y simples,contra sujetos de derecho privado"
Deslindamiento de las competencia constitucional y legal(quiz\trabajo)

TEMA IV: Tribunal supremo de eleciones (trabajo)

TEMA V: Regimen descentralizado,regimen municipal, hacienda publica, instituciones autonomas, presupuesto(trabajo?)

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PARTE PROCESAL
-general
-habeas (4 tipos)
-declaracion de responsabiliodad directa a la persona y no al estado de forma generica
-amparos, contra sujetos de derecho privado, contra y entre las empresas (MIPYMES)competencia desleal contra famliares, contra sujetos de derecho privado que estan llevando una consesion publica, acciones de inconstitucionalidad, y consultas.

30 de octubre. 1 parcial,asamblea y poder ejecutivo y trabajos
27 de noviembre 2 parcial procesal
11 de diciembre final
18 de diciembre extraordinario

quices:
18 de septiembre,reglamento de la asamblea,organos y procedimiento de la ley desde que se presenta. pagina 35-47 ss los articulos citados estan derogados, hay que ver el reglamento actual.
naturaleza juridica,tipos de norma,inderogabilidad singular, organos y procedimiento legislativo.

25 de septiembre poder judicial pag 203 ss cometario sobre la lectura

2 de octubre tribunal supremo de elecciones pag 229 y admon descentralizada 283 y regimen municpal ?

9 de octubre hacienda publica 247 ss

*recorrido por la sala, semana de del 18*

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La asamblea legislativa; art 105 ss es importante por ser el organo por donde pasan los temas mas importantes del pais, ademass por que se habla de la crisis y lentitud legislativa, por la demora a la hora de legislar agravado por las presiones de los medios de comunicacion que miden a los parlamentos por el numero de proyectos que aprueba, graso error pues los parlamentos modernos tienen tambien una funcion de control politico de la administracion publica, la crisis hace que los parlamento legislen fuera de tiempo.
Los partidos politicos tienen un problema de identidad,por que los partidos no han logrado definirse su posiscion ideologica,en CR el unico que tiene una posiscion clara es el partido libertario,por sus posiciones en cuanto a la libertad.
Una adecuada relacion entre la asamblea y el legislativo crea una agenda adecuada para el pais, pues es un problema de racionalidades.

Hipertrofia del estado o ingobernabilidad se achaca al estado costarricense por su incapacidad de decidir, por que las decisiones no se toman a tiempo, se le achaca tambien a la asamblea y es uno de los problemas mas graves.

Control politico, debe ser mejorado para que sea mas responsable, en ocasiones se confunde con el control jurisdiccional.

La modernizacion de los partidos politicos lleva a un cambio de enfoque en la asamblea y un cambio en el codigo electoral,elecciones por nombre y no por lista.

La asamblea es un organo complicado por la coexistencia de pensamientos y posturas.

La asamblea es un centro de discusion, de denuncia, CR no tiene las horas discusion por eso se alargan las discusiones y las decisiones sean tomadas fuera de tiempo, las mociones tambien deberian ser regladas.

Abuso de la consulta de la sala constitucional para ir deteniendo un proyecto.

La nueva asamblea deberia ser mas decisorio

11 de septiembre

Poder Legislativo bajo dos concepciones

1)Poder Legislativo goza de "interna corporeos" es el unico poder que dicta sus propias reglas.
No solo se caracteriza por crear la legislacion base de los demas poderes tanto los principales como los accesorios, si no que tambien crea sus propias normas.

El reglamento no puede ser vetado por el ejecutivo, ademas no es una iniciativa de este poder.

Sin embargo es una disposoicion normativa que tiene un rango de alcance constitucional, por que no es un rerglamento sustantivo si no de procedimiento, trae las normas de un proyecto de ley desde su presentacion hasta que se convierte en una ley.

Las acciones de inconstitucionales pueden ser de forma y fondo(sustancial o contenido)

Como el reglamento es parametro de legalidad, este no reconoce otros limites que no sea la constitución.Quien revisa esa conformacion es la sala constitucional, dicho reglamento no puede ser inaplicado en ningun caso concreto.

voto concurrente: se coicide en el por tanto pero por razones diferentes.
voto salvado: difiere del por tanto.
Ninguna de las dos tiene valor juridico, por que lo vinculante es lo de la mayoria.

El derecho mparlamentario es originario en reciproca presuposicion como el ordenamiento constitucional.
Es espontaeno por que se descubre por las practicas cotidianas

Es flexible por que se permiten las permutas en las comisiones,es ductil permitiendo cambios sobre la marcha para la buena comformacion

Es substancial por que lo juridico y lo politico estan intimamente relacionados

Trata de ser dinamico por la dispensacion de todo tramite a algunos proyectos,cuando no pasa por comision si no directamente al plenario de la asamblea.

El reglamento es un acto legislativo, es especial por que su aprobacion es en una sesion, no es sancionable por el ejecutivo,es reforzado por que para su reforma se necesita 38 votos y unicamente se tine que publicar en la asambles.

la asamblea tiene autonomia reglamentaria,financiera y presupuestaria,de direccion y/o gobierno, prerrogativa organizativa, en los paises donde hay solo una cmara se llama asamblea legislativa, el congreso supone una bicameralidad(1871)en la anterior constitucion se llamaba de esta forma..

La potestad de legislar no puede ser renunciada,pero el cargo de diputado si es renunciables(como todos los puestos de eleccion popular-excepto los de diputado constituyente-segun el codigo electoral),la potestad de legislar le compete a todo el cuerpo.

Son 57 diputados , la provincia que tenga mas poblacion electoral sera la que tenga mayor cantidad de diputados,pero en el momento de ser electos adquieren un caracter nacional.

18 de septiembre

INEGIBILIDAD Se aplica para los aaspirantes a diputados y no para diputados, dejando claro que tampoco pueden ser inscritos, los diputados tienen un cargo no cumplen FUNCION (109) inciso primero los vicepresidentes y el presidente de la asamblea
inciso segundo los ministros de gobierno con o sin cartera
inciso tercer los magistrados de las cuatro salas de la corte suprema de justicia (22 magistrados)al no estar incluidos los suplentes se les deja la posibilidad de aspirar a la asamblea
inciso cuarto se incluyen a los suplentes del tribual supremo de elecciones y el director del resgistro civil
inciso quinto se cae por su peso por que no hay militares por la prescripicion del ejercito ( no aplica)
inciso sexto aplicable a las gobernaciones de provincias , sin embargo se puede aplicar a los alcaldes municipales
inciso septimo en 1949 no existian las presidencias ejecutivas que aparecen en los ´ 70 por eso hay una omision
inciso octavo para efectos constitucionales es tan relevante el grado de consanguinidad y de afinidad se aplica las mismas causales
- las incompatibilidades que se dice es un error terminologico por que para que exista incompatibilidad se habla de ser diputado en respecto a otro cargo, entonces dichas inelegibilidades aplica 6 meses hacia atras

art 111 INCOMPATIBILIDAD Contraloria, Procuradoria, Tribunal Supremo de Elecciones y el regimen descentralizado se puede renunciar para asumir alguno de estos cargos. Se puede ser diputado o ministro al tiempo pero no las puede ejercer conjuntamente, no se remplaza el diputado, la asmblea queda con 56 y se reintegran para votar proyectos reñidos pero se reintegran al ministerio por nombramiento del presidente de nuevo, esto no rige paras las delegaciones o comisiones internacionales, ni para quienes desepeñen cargos en institucionanes de beneficiencia, ni catredraticos o profesores de instituciones de educacion superior

art 112 todo otro cargo público de eleccion popular, no se puede celebrar directa o por intermedia persona contrato con el estado, ni consecion o explotacion de bienes y servicios publicos, bajo pena de perder la credencial de diputado, el 111 y 112 se le aplica tambien a los ministros .

DIFERECIAS ENTRE INELEGIBILIDAD E INCOMPATIBILIDADES

1. Las causales de inelegibilidad tiende a evitar presiones sobre loss votantes
2.En la incompatibilidad se habla de una incompatibilidad de contratacion
3. las causales de inelegibilidad tiene como objetivo el momento de adquisicion del cargo de diputado
4. Las causales de incompatibilidad se establecen para garantizar el correcto ejercicio de la funcion de diputado
5. Las causales de inelegibilidad son taxativas y no pueden ser ampliadas analogicamente
6. Laas causales de incompatibilidad pueden ser integradas analogicamente ( ley de enriquecimiento ilicito)
7. La naturaleza de las incompatibilidades tiene a impedir que una persona elegida validamente como diputado entre a ocupar otro cargo en el estado
8. La inelegibilidad vicia de nulidad absoluta la eleccion de un diputado con relacion al 109; en cambio en la incompatibilidad no surge ningun efecto en cuanto al nombrmiento de la persona como diputado, solamente que el diputado tendra que tomar una descision. No cabe ni procede investigacion disciplinaria, tal vez penal o civil

INMUNIDAD

Irresponsabilidad o inviolabilidad ( derecho comparado) falta de responsabilidades por lo que se dice en la asmblea ( en ejercicio de sus funciones) por causa civil NADIE puede ser arrestado excepto en pension alimentaria que es una deusa privilegiada, se puede arrestar si el diputado conciente o la asamblea autoriza.
Por causa penal el arresto vale por encontrarse en flagrante delito o por renuncia al fuero de arresto, sin embargo en caso de que la asamblea lo ordene hay que dejarlo en libertad.
El privamiento de libertad sera cuando la asamblea suspenda.

Por el 121 inci 9 el diputado no puede renunciar a la inmunidad de Juzgamiento , solo al de detencion, en cambio a la asmblea si le compete el fuero de jugamiento y de detencion

Las inmunidades en consecuenica le otrogan al diputado independencia y tienden a evitar trabas que puedan entorpecer su ejercicio.
Las inmunidades son de 2 tipos inviolabilidad/irresponsabilidad parlamentaria aplica a todo lo que los diputados digan, escriban o realicen en el ejercicio de sus funciones los efectos sona perpetua ; definitivos la inviolabilidad es irrenunciable por que protege un interes publico, en el fondo es una improcedibilidad penal o civil(110) aunque la persona ya no sea diputada, las declaraciones dadas a la prensa no son en el ejercicio de su funcion y esto si acarrea responsabilidad o inmunidad propiamente dicha no pueden ser detenido ni procesados salvo por flagrancia o autorizacion



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25 de septiembre

CALUMNIA # INJURIA

Derecho de rectificacion y respuesta: solo se puede hacer por parte del ofendido

DIFERENCIAS ENTRE INVIOLAVILIDAD E INMUNIDAD


1.)La inviolabilidad es un privilegio sustantivo, por que acarrea una irresponsabilidad de los diputados por sus actos en el ejercicio de sus funcion que acarrea una irresponsabilidad civil y penal.
La inmunidad propiamente dicha es de caracter procesal por que no se puede proceder contra el diputado en materia penal

2.)La inmunidad propiamente dicha protege al diputado por actos ajenos a su cargo, ya que recae sobre acciones que comete fuera del ejercicio de sus funciones pues son actos que pueden ser cometidos por cualquier sujeto.
Contrario a la inviolabilidad que solo aplica por ele ejercicio de sus funciones.

3.) La inmunidad no es perpetua, a diferencia de la inviolabilidad que es perpetua

El fuero de detencion puede ser renunciado el de juzgamiento no, aunque existe la practica pero es inconstitucional.

La separacion se da cuando hay levantamiento del fuero por parte de la asamblea.
La suspension del diputado es a partir del momento en que hay un auto de procesamiento en firme <> La perdida de la credencial de diputado se da cuando hay una condenatoria en firme <>

Desde el punto de vista de la funcion jurisdiccional se tiene en cuenta los articulos 110 y 121, 9 y otros dependiendo de la funcion cumplida
diputados110 121
presidentes, vicepresidentes y ministros 151,idem
magistrados de la corte suprema de justicia 165 idem
tribunal supremo de elecciones101 idem
contralor y subcontralor183 idem
ministros diplomaticos 121

DESAFUERO: Se le quita al fuero, se encuentra dentro de las condiciones de procedibilidad penal y por tanto de la accion penal

FUERO DE IMPROCEDIBILIDAD PENAL: Imposibilidad que impide la accion penal, la civil siempre es consecuencia de la penal.

ANTEJUICIO: Juicio o formacion de causa penal, es la valoracion que hace el parlamento, que deside si se levanta el fuero ( es politico ) FORMACION DE CAUSA PENAL

SOLICITUD DE ALLANAMIENTO; Solicitad de la CSJ a la asamblea, poniendo en conocimiento que hay una causa contra un miembro de los supremos poderes para solicitar que se levente la inmunidad

LA INMUNIDAD es una prerrogativa de los miembros de los supremos poderes para no ser procesados o detenidos/privados de su libertad por motivo penal

EL FUERO es un derecho que tienen los miembros de los supremos poderes de que cuando sean involucrados en la comision de un delito sea comun o funcional solo pueden ser procesados en virtud del procedimiento establecido en el art 121, 9, 10