Tuesday, January 30, 2007

FAMILIA SEMANA 2

24 de enero

El artículo 2 nos habla de los principios orientadores, pero siempre debe buscarse el bien de los individuos y la unidad de familia se mantendrá siempre y cuando no violente los derechos fundamentales individuales.


LEYES QUE HAN MODIFICADO EL CÓDIGO DE FAMILIA.

REFORMA POR LA LEY 5895 9 MARZO 1976. Adapta conceptos más modernos de régimen patrimonial y nulidades.

REFORMA de la ley 7130 3 de noviembre /89 reforma el articulo 9
Permitiendo que se den autorizaciones o procedimientos judiciales por un procesos sumario 432 del CPC


7142 del 2 de marzo/90 antecedente inmediato de la regulación de la familia de hecho.


Ley 7532 28 julio /95 regula en si las uniones de hecho

Ley 7538 27 sep /95 en cuanto a la filiación, modifica, antes de la ley de paternidad responsable, las acciones de filiación, en cuanto al reconocimiento y la adopción

Ley de paternidad responsable ley 8101 del 27 de abril del /01 modifica las acciones en esta materia y establece un procedimiento especial con oralidad.

Estas leyes tratan de eliminar un poco la formalidad en aras del Art. 12 y siguientes.

Ley 8409/04 reforma lo relativo al ejercicio de la patria potestad, aplicando la convención de los derechos del niño y adaptando la legislación al código de niñez y adolescencia.

* DE MANERA INTERNACIONAL*

-CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO

-LAS RELATIVAS A ADOPCIÓN, PENSIONES ALIMENTARÍAS, PROTECCIÓN A LAS VICTIMAS DE VIOLENCIA INTERNACIONAL Y LOS VOTOS DE LA SALA CONSTITUCIONAL

El código de familia no tiene un sistema etareo (edad), sino de capacidad cognoscitiva y volitiva.

Se establece la limitación en el ejercicio de algunas facultades.

Igualdad de derechos y deberes entre los cónyuges.

Igualdad de derechos entre los cónyuges y los hijos, sin importar el origen.

Los principios fundamentales están del artículo 1 al artículo 10, y van a ser guías orientadoras a la aplicación procesalmente hablando.

El código procesal civil tiene que ver con derecho patrimoniales, y sin embargo en algunos temas son resueltos por este derecho, algo que va en contra de la celeridad que propone el artículo 8.

La interpretación de la prueba, sin sujeción a las pruebas del derecho común, el derecho de familia aboga por que sea por la sana crítica como se analicen las diferentes pruebas.

Prueba tasada, aquello que hace plena prueba.


TRIBUNALES ESPECIALIZADOS

1 instancia) familia-violencia familiar-niñez y adolescencia-juzgados de pensiones

2 instancia) juzgados de familia, especializado con jurisdicción en todo el país, solo 1 de 6 jueces.

3) casación, cosa juzgada material, sala II, pocas materias la producen, no es por la cuantía-que en familia es inestimable-, sino por la materia.

El artículo 8 establece también el principio de especialidad de la materia.

Las materias que tengan casación se rige por las normas del derecho laboral.

El articulo 9 establece un procedimiento que q se quiso ser sumario pero no lo es.

LEER GERARDO TREJOS-NULIDADES!

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