clase 2+diapositivas HISTORIA CR
Historia del Derecho Costarricense
Prof. Gustavo Naranjo Chacón
Tema 2
La integración de los sistemas jurídicos y la tecnificación del Derecho.
El Renacimiento de los Estudios del Derecho y el Derecho Común.
Europa (S. I-V d.C.)
Código de Justiniano I
Corpus Juris Civilis:
código antiguo,
nuevo código,
Digesto o Pandectae,
Institutiones,
Novelas (nuevas constituciones).
Corpus Iuris Civilis (cont.)
Leyes en sentido estricto,
Consultas senatoriales (senatusconsulta),
Decretos Imperiales,
Causística, y
Opiniones de juristas e interpretaciones (responsa prudentum).
Europa (Edad Media)
Derecho Común
“...Derecho que se aplica a la generalidad de los casos o aplicable en oposición a un derecho particular o especial...”
Movimientos reunificadores europeístas del S. IX. dC. Carlomagno “unum imperium, unus ius”.
Escuela de Arte de Bolonia, S. X dC.
Glosadores
La Glosa consistió en analizar un texto, aclarando y explicando el significado de sus palabras o fragmentos, hasta llegar a hacer una interpretación general de éste.
Glosadores (cont.)
Sacro Imperio Romano Germánico como continuador del Imperio Romano.
El CIC se aborda desde el punto de vista filosófico, dogmático, científico y jurídico.
Otras corrientes:
La Suma: Fue una versión resumida del Corpus Iuris de Justiniano, o de alguna de sus partes.
Los Brocardos: Eran principios o máximas de derecho extraídas del Corpus Iuris, redactadas en forma breve para memorizar y aplicar. Por Ej.: "A lo imposible nadie está obligado".
Los Vocabularios: diccionarios jurídicos, donde se exponían palabras extraídas del Corpus Iuris ordenadas alfabéticamente con sus significados.
Alfonso X, el Sabio (S. XI d.C.)
Libro de las Leyes o Las Siete Partidas
Fuentes del derecho, Derecho Público, Proceso, Derecho de Familia, Privado, Sucesorio, Penal.
Los Comentaristas
Se dedican a comentar los textos, solucionando los problemas que puedan surgir. Sus principales autores fueron Baldo y Bartolo.
Europa (S. XIII-XVI d.C.)
Humanismo (S. XVI d.C.)
Criterio filológico: comparan el lenguaje empleado en los textos.
Criterio histórico: comparan los textos para ver sí son del s. II o IV.
Criterio lógico: comparan los textos para ver sí el jurista se contradice.
Criterio textual: comparación intertextual para determinar originalidad.
Evolución del Derecho
Muchas gracias
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